20 abril 2021 0:19

Prueba de presencia física

¿Qué es la prueba de presencia física?

La prueba de presencia física es una herramienta utilizada por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) para determinar si un contribuyente califica para la exclusión de ingresos del trabajo en el extranjero al presentar sus impuestos.

La prueba requiere que una persona esté físicamente presente en un país o países extranjeros durante al menos 330 días completos durante 12 meses consecutivos. Los 330 días durante los cuales la persona se encuentra en el extranjero no necesitan ser consecutivos.

Conclusiones clave

  • Si es ciudadano estadounidense o extranjero residente que pasa más de 330 días viviendo en un país extranjero, puede ser elegible para excluir el dinero que gana en ese país de sus impuestos estadounidenses.
  • Esa exclusión, denominada Exclusión por ingresos del trabajo en el extranjero, está disponible si aprueba la prueba de presencia física.
  • La prueba de presencia física es una medida de cuántos días (330 es el mínimo) pasó en un país extranjero o (desde la otra perspectiva) fuera de los EE. UU.

Comprensión de la prueba de presencia física

La prueba de presencia física permite a los contribuyentes excluir una cierta cantidad de sus ingresos obtenidos en el extranjero. Si es ciudadano estadounidense o extranjero residente de los Estados Unidos y vive en el extranjero, debe pagar impuestos sobre sus ingresos mundiales. Sin embargo, puede calificar para excluir sus ganancias en el extranjero de los ingresos hasta una cantidad que se ajuste anualmente por inflación: $ 105,900 para 2019, $ 107,600 para 2020, $ 108,700.

Las personas que califican para esta exclusión también pueden calificar para la deducción por vivienda en el extranjero, que también puede ahorrarles dinero en sus impuestos.

La exclusión de ingresos extranjeros está disponible tanto para ciudadanos como para extranjeros residentes en los Estados Unidos. Según el código tributario, el motivo de una persona para estar en el extranjero es irrelevante para esta prueba. Sin embargo, las emergencias familiares, las enfermedades y las directivas del empleador no son suficientes como razones para permitir la exclusión si una de esas razones hace que el contribuyente esté presente en un país extranjero por menos de los 330 días requeridos. Además, un «día» se considera un período completo de 24 horas, por lo que los días de llegada y salida en un país extranjero no cuentan para los 330 días.

Una persona puede viajar entre países extranjeros durante su estancia en el extranjero. Cualquier tiempo que pase dentro de los Estados Unidos mientras está en tránsito, como durante una escala entre vuelos, no cuenta contra los 330 días de la persona, siempre que el período de tiempo dentro de los EE. UU. Sea menor a 24 horas.

Consideraciones Especiales.

Hay excepciones a la regla. Si la presencia de una persona en un país extranjero viola la ley de los EE. UU., El gobierno no la verá como físicamente presente en ese país durante el tiempo en que violó la ley. El IRS no considera cualquier ingreso obtenido dentro de ese país mientras se infringe la ley de los EE. UU.

El requisito de tiempo mínimo también puede no aplicarse si el contribuyente debe abandonar un país extranjero debido a una guerra, disturbios civiles u otra condición que haga que el país sea significativamente inseguro o inhabitable. Si el contribuyente puede demostrar que podría haber cumplido razonablemente con los requisitos de la prueba de presencia física si no fuera por las condiciones adversas, y que tenía un domicilio fiscal en ese país y era un residente de buena fe del país en ese momento., aún pueden calificar para la exclusión.

El pago recibido como ingreso militar o civil mientras está destinado en el extranjero no se considera ingreso devengado en el extranjero por el gobierno de EE.