Inquilinos conjuntos en común (JTIC)
¿Qué son los inquilinos conjuntos en común (JTIC)?
El término inquilinos conjuntos en común (JTIC) se refiere a una relación legal en la que dos o más personas poseen una propiedad u otro activo donde no se otorgan derechos de supervivencia a ninguno de los titulares de la cuenta. Si un propietario muere, el propietario superviviente no adquiere necesariamente los derechos del propietario fallecido. JTIC brinda a las personas la oportunidad de poseer una propiedad y compartir los costos asociados con ella.
Comprensión de los inquilinos conjuntos en común (JTIC)
Dos o más personas que poseen un activo juntas pueden denominarse inquilinos conjuntos en común. Los activos pueden incluir bienes raíces, cuentas bancarias, cuentas de corretaje, carteras de inversión u otros tipos de propiedad. Los inquilinos conjuntos en un acuerdo común podrían establecerse mediante un testamento dejado por el dueño anterior de una propiedad a sus herederos, como un padre que deja su propiedad a sus cuatro hijos. El padre puede asignar un porcentaje específico o una propiedad igual a cada heredero.
La propiedad del miembro en la cuenta generalmente se determina de manera prorrateada. Esto significa que cada individuo en la relación posee una parte del activo equivalente a su contribución; alguien que contribuye con el 60% posee el 60% del activo. En otros casos, las personas pueden entablar una relación que les otorgue una parte equitativa de la propiedad. Los inquilinos conjuntos en común tienen derecho a compartir mutuamente la propiedad y no tienen derecho a negarse mutuamente el acceso a ella. Por ejemplo, un propietario no puede evitar que otro inquilino en común haga un retiro o venda su participación en la propiedad.
A diferencia de otras relaciones legales comunes, cuando un propietario muere, el propietario superviviente no hereda automáticamente su parte del activo. Cada inquilino en la cuenta puede estipular cómo se distribuirán sus activos después de su muerte en un testamento escrito. La parte del activo de un propietario fallecido solo se puede transferir a los inquilinos sobrevivientes si así se indica en el testamento de la persona.
Este tipo de relación puede parecer inusual, pero es común cuando dos o más personas desean poseer una propiedad sin tener que soportar la carga financiera por su cuenta. Dos personas pueden encontrar más asequible tener una casa o una cuenta de corretaje al convertirse en copropietarios en común y dividir el costo: el precio de compra, los impuestos a la propiedad, el mantenimiento, las tarifas de corretaje y otros gastos relacionados con el activo.
Conclusiones clave
- El término inquilinos conjuntos en común se refiere a una relación entre dos o más personas que poseen un activo pero no tienen derechos de supervivencia.
- Los inquilinos pueden especificar en un testamento cómo distribuir los activos después de su muerte.
- Las cuentas de JTIC pueden tener un interés desigual en las propiedades, pero aún tienen el mismo acceso y derechos a la propiedad.
Consideraciones Especiales
Se puede formar un acuerdo para ser inquilinos conjuntos en común cuando más de una de las partes invierte sus fondos en la adquisición de una propiedad. El porcentaje de los activos que cada parte comprometió normalmente sería la base para su propiedad y participación. Por ejemplo, si una de las partes comprometiera el 85% de los fondos necesarios para adquirir una propiedad, tendría un 85% de reclamación.
Puede vender su participación individual incluso si la propiedad se trata como una unidad completa.
La propiedad en cuestión generalmente se trata como una unidad completa en lugar de subdividirse entre los inquilinos conjuntos. En otras palabras, cada inquilino tiene derecho a usar toda la propiedad, no solo una parte según el tamaño de su reclamo.
Dependiendo de las leyes locales y el tipo de cuenta, cada inquilino puede tener el derecho a su discreción de aprovechar los recursos asociados con la propiedad o cuenta conjunta. Esto puede incluir retiros o incluso la venta de su interés en la propiedad.
Algunos estados requieren firmas de todas las partes que pueden reclamar una parte de la propiedad para que las transacciones se realicen con los inquilinos conjuntos en cuentas o propiedades comunes. Eso obligaría a todas las partes a estar de acuerdo para completar la venta de toda la propiedad. Cada inquilino podía optar por vender su participación individual. Incluso si un inquilino vendiera su parte de interés en la propiedad, aún se trataría como una unidad completa y no subdividida.