Exclusión absoluta de contaminación
¿Qué es la exclusión absoluta por contaminación?
La exclusión absoluta de la contaminación es unacláusula de la póliza deseguro de responsabilidad comercialque elimina la cobertura de la contaminación resultante de las operaciones comerciales regulares. Las exclusiones absolutas de contaminación en las pólizas de seguro de responsabilidad general integral se hicieron comunes después de 1986, cuando las exclusiones de contaminación estándar ya no contenían incidentes de contaminación «repentinos y accidentales».
Comprensión de la exclusión absoluta por contaminación
Las exclusiones absolutas de contaminación surgieron en respuesta a las regulaciones gubernamentales de materiales nocivos para el medio ambiente. La aprobación de la Ley de Conservación y Recuperación de Recursos (RCRA) y la Ley de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambiental Integral (CERCLA) prepararon el escenario para demandas contra empresas involucradas en industrias que resultaron en contaminación del ecosistema natural.2
Quizás el caso más conocido fue el de Montrose Chemical Corporation de California, que produjo diclorodifeniltricloroetano, comúnmente conocido como DDT. La compañía vertió desechos en el Océano Pacífico durante décadas, y una demanda federal requirió que la compañía pagara los costos de limpieza ambiental resultantes de los desechos que producía.
En respuesta a las reclamaciones formuladas contra Montrose, las aseguradoras entablaron una serie de demandas, incluida Montrose Chemical Corp. contra Admiral Insurance Co., en un esfuerzo por imponer la responsabilidad de las reclamaciones a Montrose. Su argumento era que la contaminación no era «repentina y accidental» y había estado ocurriendo durante varios años. Por lo tanto, no fueron responsables de ello. Después de que varios casos dejaron a las compañías de seguros responsables de la cobertura de limpieza, las aseguradoras comenzaron a excluir la cobertura de contaminación como un elemento de cobertura estándar.
Conclusiones clave
- Las exclusiones absolutas de contaminación en los contratos de seguros ayudan a las compañías de seguros a eliminar su responsabilidad por demandas relacionadas con la contaminación que involucren a sus clientes.
- Las exclusiones se hicieron populares en la década de 1980 después de que una ola de demandas contra empresas contaminantes dejara a las aseguradoras a la espera de las reclamaciones.
- Las exclusiones de contaminación absoluta no son exclusiones de contaminación total, que excluyen la responsabilidad de la empresa de todas las reclamaciones relacionadas con la contaminación y contienen seis excepciones.
Las exclusiones absolutas de contaminación no son verdaderas exclusiones absolutas en el sentido de que permiten la cobertura de eventos de contaminación incidental, como los causados por eventos no relacionados con las operaciones comerciales normales. Específicamente, contienen seis excepciones. Dos están relacionados con la exclusión expresa del propietario / ocupante y cuatro están relacionados con los contratistas.
Debido a que puede brindar cobertura en ciertas situaciones, la cláusula de contaminación absoluta en los contratos de seguro a veces se denomina una forma amplia de exclusión por contaminación. Una cláusula que niega la cobertura para todos los eventos de contaminación se consideraría una exclusión total de contaminación y puede excluir la cobertura de responsabilidad por lesiones corporales o daños a la propiedad causados por un evento de contaminación.
El uso de una exclusión absoluta de la contaminación puede dejar aún discutible la definición de lo que se considera una contaminación. Los tribunales pueden abordar la cuestión de lo que se considera contaminación. Las aseguradoras tienen un incentivo para considerar que una amplia gama de eventos relacionados con la contaminación, incluida la pintura con plomo y los daños por asbesto, deben excluirse porque no quieren pagar las reclamaciones.
Excepciones comunes a la exclusión absoluta por contaminación
- Lesiones corporales sufridas en un edificio propiedad de, ocupado por, alquilado o prestado a un asegurado si son causadas por humo, humos, vapores u hollín producidos o originados por equipos que se utilizan para calentar, enfriar o deshumidificar el edificio, o calentar agua para uso personal de los ocupantes o invitados del edificio.
- Lesiones corporales o daños a la propiedad en un edificio propiedad de, ocupado por, alquilado o prestado a un asegurado, o en un local en el que un contratista asegurado está trabajando si se debe al calor, humo o vapores de un incendio hostil.
- Lesiones corporales o daños a la propiedad que surjan del escape involuntario de combustibles, lubricantes u otros fluidos operativos que sean necesarios para realizar las funciones necesarias para el funcionamiento de equipos o piezas móviles. La pérdida debe ocurrir en un sitio fuera de las instalaciones en el que el asegurado está realizando operaciones.
- Lesiones corporales o daños a la propiedad sufridos dentro de un edificio y causados por la liberación de gases, humos o vapores de materiales introducidos en ese edificio en relación con operaciones realizadas por el asegurado o su subcontratista.