5 cosas que los cobradores de deudas tienen prohibido hacer
Los cobradores de deudas tienen la reputación, en algunos casos bien merecida, de ser desagradables, groseros e incluso atemorizantes cuando intentan que los prestatarios paguen. La Ley Federal de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA) fue promulgada para frenar estos comportamientos molestos y abusivos, pero algunos cobradores de deudas desobedecen la ley.
Aquí hay cinco tácticas que los cobradores de deudas tienen específicamente prohibido usar. Saber cuáles son puede ayudarlo a defenderse con confianza.
1. Pretender trabajar para una agencia gubernamental
La FDCPA prohíbe a los cobradores de deudas pretender trabajar para cualquier agencia gubernamental, incluidas las fuerzas del orden. Tampoco pueden afirmar que trabajan para una agencia de informes del consumidor.
Conclusiones clave
- Si realmente no debe la deuda, hay pasos que puede tomar.
- Incluso si lo hace, los cobradores de deudas no pueden amenazarlo, acosarlo o avergonzarlo públicamente.
- Puede ordenarles que dejen de comunicarse con usted.
Un incidente de 2014 en Georgia muestra exactamente lo que se supone que no deben hacer los cobradores de deudas. El propietario y seis empleados de Williams, Scott & Associates fueron arrestados por presuntamente acusar a personas de fraude y decir que serían arrestadas y enfrentarían cargos criminales por no pagar sus deudas.
Los cobradores de deudas también supuestamente se hicieron pasar por personas que trabajaban bajo contrato para agencias gubernamentales federales y estatales, incluido el Departamento de Justicia y los Alguaciles de EE. UU.
La compañía operó en todo el país desde 2009 hasta mayo de 2014 y se llamó a sí misma Warrant Services Association
2. Amenazar con arrestarlo
Las agencias de cobranza no pueden afirmar falsamente que ha cometido un delito o decir que lo arrestarán si no devuelve el dinero que dicen que debe.
En primer lugar, las agencias no pueden emitir órdenes de arresto ni encarcelarlo. Además, no pagar una deuda de tarjeta de crédito, hipoteca, préstamo de automóvil o factura médica de manera oportuna no lo lleva a la cárcel.
Dicho esto, si recibe una orden legítima para comparecer ante el tribunal por un asunto relacionado con una deuda y no se presenta, el juez podría emitir una orden de arresto. Y, si no paga una multa judicial relacionada con su deuda, o se niega a pagar impuestos o manutención infantil, podría ir a la cárcel.
3. Te avergüences públicamente
Los cobradores de deudas no pueden tratar de avergonzarlo públicamente para que pague dinero que puede o no debe.
De hecho, ni siquiera tienen permitido contactarte por postal. No pueden publicar los nombres de las personas que deben dinero. Ni siquiera pueden discutir el asunto con nadie más que usted, su cónyuge o su abogado.
Los cobradores de deudas pueden comunicarse con terceros para tratar de localizarlo, pero solo pueden preguntarles a esas personas su dirección, número de teléfono de su casa y lugar de trabajo. En la mayoría de los casos, es posible que no se comuniquen con esas personas más de una vez.
4. Trate de cobrar la deuda que no debe
Algunos cobradores de deudas, a sabiendas o sin saberlo, se basarán en información incorrecta para tratar de sacarle dinero.
El acreedor al que originalmente le debía dinero puede haber vendido su deuda a una agencia de cobranza, que a su vez puede haberla vendido a otra agencia de cobranza. Un error en algún lugar del camino podría significar que el recaudador que se comunica con usted tiene información incorrecta.
Información de demanda
Es posible que la agencia esté tratando de cobrarle una deuda que haya sido cancelada en bancarrota o incluso una que le adeude otra persona con un nombre similar.
Dentro de los cinco días de haberlo contactado por primera vez, un cobrador de deudas debe enviarle una notificación por escrito indicando cuánto debe, a quién y cómo realizar su pago. Puede que tenga que pedirles que hagan esto.
Si no está seguro de si tiene una deuda, envíe una carta al cobrador por correo certificado con un acuse de recibo solicitando más información. Tenga cuidado de no asumir ninguna responsabilidad por la deuda.
La Oficina de Protección Financiera del Consumidor proporciona ejemplos de cartas a los cobradores de deudas que puede utilizar para asegurarse de no decir algo incorrecto o de dar más información de la necesaria.
5. Acosarte
La ley enumera formas específicas en las que los cobradores de deudas no pueden acosarlo. No se les permite:
- Amenazarte con violencia o daño.
- Usar lenguaje obsceno o profano.
- Llamarte repetidamente
- Llamarlo antes de las 8:00 a. M. O después de las 9:00 p. M. Sin su permiso
- Llamarlo al trabajo, si lo prohíbe por escrito
- Comuníquese con usted si le dice al cobrador, por escrito, que deje de comunicarse con usted o que se comunique solo con su abogado.
Incluso si sigue estos pasos, existen algunas circunstancias que permiten que los cobradores de deudas se comuniquen con usted nuevamente: Pueden comunicarse con usted para informarle que ya no se comunicarán con usted o para informarle que se ha presentado una demanda en su contra.
No caigas en este truco
Si recibe una citación judicial para una demanda relacionada con su deuda, no la ignore. Un cobrador de deudas sin escrúpulos podría fabricar tal documento, o podría ser legítimo.
Si recibe una citación, busque la información de contacto del tribunal en línea (no en el aviso que le enviaron) y comuníquese directamente con el tribunal para confirmar que el aviso es correcto. No use la dirección o el número de teléfono que aparecen en el documento que recibe.
La gran excepción
Hay una excepción importante a la FDCPA: los cobradores de deudas internos no están sujetos a ella. Por ejemplo, si está atrasado en la factura de su tarjeta de crédito de Macy’s y Macy’s le llama directamente, no tiene que seguir las reglas descritas en la FDCPA.
La mayoría de los cobradores internos son para deudas que tienen solo unas pocas semanas o meses de atraso. Después de eso, el acreedor original generalmente contrata a una agencia de cobranza para cobrar en su nombre o vende su deuda a un comprador de deudas que se queda con lo que cobra.
Estos dos tipos de recolectores están sujetos a la FDCPA.