Derechos Mini-Miranda
¿Qué son los derechos Mini-Miranda?
Los derechos Mini-Miranda son un conjunto de declaraciones que un cobrador de deudas debe usar cuando se comunica con una persona para cobrar una deuda. Los derechos de Mini-Miranda deben recitarse, por ley, si el esfuerzo de cobro de deudas se realiza por teléfono o en persona y se describe en forma escrita si se envía una carta al deudor.
Si la agencia de cobranza llama por teléfono al deudor, los derechos de Mini-Miranda requieren que el cobrador le informe que la llamada es de un cobrador de deudas, que está llamando para cobrar una deuda y que se utilizará cualquier información obtenida durante la llamada telefónica. para alcanzar esta meta.
Conclusiones clave
- Los derechos Mini-Miranda son un coloquialismo para las declaraciones legalmente obligatorias que deben hacer los cobradores de deudas cuando intentan cobrar una deuda.
- Al igual que los derechos tradicionales de Miranda que informan a los detenidos de sus derechos y brindan información sobre por qué están siendo arrestados, los derechos de Mini-Miranda brindan información sobre la deuda que se está cobrando y quién la solicita.
- Estos derechos y la información relacionada están establecidos por ley en los EE. UU. En la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA) de 19771
Entendiendo los derechos de Mini-Miranda
Mini-Miranda evita que un cobrador de deudas utilice pretextos falsos para promover el cobro de una deuda. Por ejemplo, una persona muy endeudada puede usar un nombre ficticio al contestar el teléfono para evitar llamadas de agencias de cobranza. Si bien una solución fácil para un cobrador de deudas sería no revelar su verdadera identidad y el propósito de la llamada para comunicarse con la persona endeudada, la Mini-Miranda prohíbe específicamente el uso de tales tácticas.
Mini-Miranda no es un término oficial, sino un coloquialismo. Recibe su nombre de los derechos Miranda o Advertencia Miranda, utilizado por los agentes del orden cuando ponen a un sospechoso en un crimen. La Advertencia de Miranda real establece que el sospechoso tiene derecho a permanecer en silencio, que todo lo que diga el sospechoso puede y será utilizado en su contra en un tribunal de justicia, y que el sospechoso tiene derecho a un abogado.
Así como la Advertencia de Miranda surgió para proteger a los sospechosos de los esfuerzos de intimidación por parte de los agentes del orden, la Mini-Miranda se introdujo para proteger a los consumidores de las prácticas abusivas de cobranza de deudas. Esto se especificó en la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA) de 1977, también conocida como Regulación F, una ley federal que prohíbe a los cobradores de deudas utilizar el acoso, las amenazas, el engaño o la intimidación para cobrar las deudas. La Oficina de Protección Financiera al Consumidor del gobierno emitió una aclaración adicional de las reglas de la FDCPA en noviembre de 2020, que entrará en vigencia el 21 de noviembre de 2021.
Requisitos de derechos de Mini-Miranda
Aparte de lo que ya se ha mencionado, la FDCPA también especifica la hora del día y la frecuencia con la que se puede establecer contacto entre un cobrador de deudas y un deudor. Por ejemplo, los cobradores de deudas no deben comunicarse con los deudores en momentos inconvenientes (es decir, significativamente fuera del horario comercial) a menos que se haya hecho un acuerdo previo.
Si se viola la FDCPA, se puede entablar una demanda contra la compañía de cobranza de deudas, junto con el cobrador de deudas individual, dentro de un año de la violación.
Además, si bien los cobradores de deudas pueden llamar al lugar de trabajo o al domicilio del deudor, el deudor puede poner fin a esto presentando una solicitud por escrito para dejar de llamar a una o ambas ubicaciones. En tales casos, un cobrador puede llamar a familiares, vecinos o asociados del deudor con respecto al saldo adeudado.