Corte diario - KamilTaylan.blog
19 abril 2021 16:44

Corte diario

¿Qué es el límite diario?

En el mercado de divisas, el corte diario es un punto específico en el tiempo establecido por un comerciante de divisas para que sea el final del día de negociación actual y el comienzo de un nuevo día de negociación. Esto se hace por razones administrativas, logísticas y financieras, incluida la contabilidad y la teneduría de libros, la integridad de los datos y los créditos o débitos de intereses.

Conclusiones clave

  • El límite diario es el tiempo que establecen los comerciantes de divisas que distingue el final de un día de negociación del comienzo del siguiente.
  • Es importante establecer el límite para fines de mantenimiento de registros y para créditos o débitos de intereses, ya que los mercados de divisas a menudo operan las 24 horas del día.
  • El límite suele ser similar a la medianoche en la región europea, pero puede variar mucho según la clientela del distribuidor.

Comprender el límite diario

Aunque el mercado de divisas opera las 24 horas del día, el mercado y sus intermediarios requieren un comienzo y un final específicos para cada día de negociación. Esto les permite registrar correctamente las fechas comerciales y definir períodos de liquidación. También establece un momento en el tiempo en el que los comerciantes realizarán o aceptarán pagos en función de las tasas de interés comparativas de las monedas que se negocian.

Debido a que el mercado de divisas está descentralizado y no se basa en una ubicación física o incluso virtualmente distinta donde se regula el comercio, cada operador de divisas individual debe implementar este límite por sí mismo. No existe una regulación sobre cuándo o cómo debería suceder esto. A los efectos de la integridad y la comparabilidad de los datos entre las plataformas de gráficos, los distribuidores establecen naturalmente un límite diario similar al cambio del día en una zona horaria significativa. Pero lo que es significativo para una clientela puede no serlo para otra, de ahí las diferencias entre el límite diario elegido por un distribuidor y otro distribuidor.

La fecha límite diaria es importante porque establece la fecha valor para el comercio específico. Debido a que las operaciones al contado se liquidan T + 2, se requiere la fecha de la operación. Por ejemplo, en el escenario anterior, la operación realizada a las 4:50 pm tendrá una fecha de liquidación del 2 de enero, asumiendo que el 1 y 2 de enero no son fines de semana, y la operación realizada a las 5:10 pm se liquidará el siguiente día hábil. Por lo tanto, a pesar de que las operaciones se realizan con solo 20 minutos de diferencia y el mismo día, se liquidarán en días separados.

La mayoría de las monedas tendrán un corte diario de la hora del este de la tarde que corresponde aproximadamente a la medianoche en el Reino Unido o Europa. Sin embargo, algunas monedas de los mercados emergentes cerrarán más temprano en el día, especialmente para aquellas operaciones que no se pueden entregar.

Ejemplo de corte diario

Por ejemplo, digamos que un comerciante de divisas especificó que el límite diario era a las 5 p.m.todos los días, y un operador realizó dos operaciones de cambio en la noche del 31 de diciembre, una a las 4:50 p.m. y otra a las 5:10 p.m. Dado que el corte diario es a las 5 pm, la primera operación se registraría como teniendo lugar el 31 de diciembre, mientras que la segunda se registraría como una operación del 1 de enero, teniendo lugar en un nuevo año calendario, ya que tuvo lugar después del corte diario. -apagado. Imagine que otro comerciante hizo exactamente las mismas operaciones en los mismos momentos exactos, pero con un comerciante de divisas diferente que utilizó una hora de corte diaria una hora antes. En este ejemplo, el primer comerciante tiene registros que establecen operaciones en dos años calendario diferentes, mientras que el segundo comerciante tiene ambas operaciones en el mismo año calendario. Tal distinción puede ser arbitraria, pero, como señala este ejemplo, podría tener consecuencias fiscales significativamente diferentes.