19 abril 2021 19:40

Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976

¿Qué es la Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976?

La Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976 requiere que las grandes empresas presenten notificaciones ante la Comisión Federal de Comercio y la división antimonopolio del Departamento de Justicia antes de ciertas fusiones y adquisiciones u ofertas de licitación.

La ley exige que las empresas que tengan la intención de fusionarse presenten un formulario HSR, también llamado «Formulario de notificación e informe para determinadas fusiones y adquisiciones» y generalmente conocido como informe de notificación previa a la fusión. Esto brinda a los reguladores la oportunidad de revisar la fusión propuesta con base en las leyes antimonopolio.

El presidente Gerald Ford firmó la ley como un conjunto de enmiendas a las leyes antimonopolio existentes, incluida la Ley Clayton Antimonopolio. La Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976 también se conoce como la «Ley HSR» o Ley Pública 94-435.

conclusiones clave

  • La Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976 requiere que las empresas presenten notificaciones previas a la fusión ante la Comisión Federal de Comercio y el Departamento de Justicia para determinadas adquisiciones.
  • La necesidad de notificaciones previas a la fusión depende de tres factores: la naturaleza del comercio, el tamaño de las partes involucradas y el tamaño de la transacción.
  • Si los reguladores ven posibles problemas anticompetitivos, podrían negociar concesiones con las empresas o intentar prohibir la transacción de manera preliminar.

Cómo funciona la Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976

Una vez que las empresas presentan los formularios requeridos, comienza un período de espera. El período de espera suele ser de 30 días, o 15 días para ofertas de compra enefectivoo una adquisición en quiebra.

La transacción puede continuar una vez que finaliza el período de espera o si el gobierno termina el período de espera antes de tiempo. Si los reguladores ven posibles problemas anticompetitivos con la fusión propuesta, solicitarán información adicional a las empresas involucradas y extenderán el período de espera;negociarán un acuerdo con las empresas para la promulgación de medidas para restablecer la competencia;o buscarán detener la transacción mediante la presentación de una orden judicial preliminaren la corte.

Pruebas previas a la fusión

Según la Ley HSR, se deben cumplir las siguientes pruebas para requerir una presentación previa a la fusión:

  • La prueba del comercio : cualquier parte de una transacción propuesta debe estar involucrada en el comercio o estar involucrada en cualquier actividad que afecte al comercio. Este requisito es tan amplio que se cumplirá en casi todos los casos.
  • La prueba del tamaño de la persona: a partir de 2020, la persona adquirente o adquirida debe tener activos totales o ventas netas anuales de $ 188 millones o más. La otra parte debe tener activos totales o ventas netas anuales de $ 18,8 millones o más.
  • La prueba del tamaño de la transacción: esta prueba se cumple si se adquiere una cierta cantidad de activos o valores con derecho a voto (al menos $ 94 millones a partir de 2020). También se cumple si se adquiere el 15% o más de los valores con derecho a voto y, como resultado, la parte adquirente obtiene el control de una entidad con ventas netas anuales o activos totales de $ 94 millones o más.5

Para 2020, el umbral de presentación base para la Ley HSR, que determina si una transacción requiere una notificación previa a la fusión, es de $ 904 millones. El umbral legal del tamaño de la persona es de entre $ 18,8 millones y $ 188 millones. Alternativamente, la prueba de tamaño de transacción legal que se aplica a todas las transacciones (incluso si no se alcanza el umbral de «tamaño de la persona») es de $ 376 millones.

Consideraciones Especiales

Los formularios HSR conllevan una tarifa de presentación que varía según el tamaño de la transacción. Por ejemplo, las transacciones por valor de más de $ 94 millones pero menos de $ 188 millones requieren una tarifa de presentación de $ 45,000. Las transacciones valoradas en más de $ 188 millones pero menos de $ 940.1 millones incurren en una tarifa de presentación de $ 125,000. La tarifa de presentación es de $ 280,000 para transacciones superiores a $ 940.1 millones.