Talento bueno
Definición de dote
Una dote es una ley común que le da derecho a una viuda a una parte de la herencia de su esposo en ausencia de un testamento. La provisión de la dote permitía a la esposa mantenerse a sí misma y a los hijos nacidos durante el matrimonio. En la mayoría de las circunstancias, a la viuda se le concedió hasta un tercio de los intereses de los bienes de su marido.
Rompiendo Dower
Dower proporcionó a una mujer una mayor seguridad financiera si su esposo moría sin testamento, lo que se conoce como intestado. En algunos estados, una mujer pierde su derecho a la dote si se convierte en la parte culpable en una anulación o divorcio, generalmente causado por adulterio. En los tiempos modernos prevalecen los derechos de herencia que se aplican a hombres y mujeres, lo que hace que las leyes de dote sean obsoletas.
Morir sin voluntad
Según el Código Uniforme de Sucesiones, que ha sido adoptado en 19 estados, si uno de los cónyuges muere sin testamento, el otro hereda la herencia. Sin embargo, cada estado puede tener diferentes leyes sobre los derechos sobre un patrimonio, así que asegúrese de consultar con un abogado u otro profesional versado en las leyes de su estado. Un cambio a la versión de 1990 del código uniforme proporciona:
«La parte intestada del cónyuge sobreviviente del difunto es: (1) la totalidad del patrimonio intestado si: (i) ningún descendiente o padre del difunto sobrevive al difunto; o (ii) todos los descendientes supérstites del difunto son también descendientes del superviviente cónyuge y no hay otro descendiente del cónyuge sobreviviente que sobreviva al difunto; (2) el primero [$ 200,000], más las tres cuartas partes de cualquier saldo del patrimonio intestado, si ningún descendiente del difunto sobrevive al difunto, sino un padre del difunto sobrevive al difunto; (3) el primer [$ 150,000], más la mitad de cualquier saldo del patrimonio intestado, si todos los descendientes sobrevivientes del difunto son también descendientes del cónyuge sobreviviente y el cónyuge sobreviviente tiene uno o más descendientes sobrevivientes que no sean descendientes del difunto; (4) el primero [$ 100,000], más la mitad de cualquier saldo de la herencia intestada, si uno o más de los descendientes sobrevivientes del difunto no son descendientes del cónyuge sobreviviente «.
Según el código anterior a 1990, «el cónyuge supérstite del difunto recibía todo el patrimonio intestado sólo si no había ni descendientes ni padres supervivientes. Si había descendientes supervivientes, los descendientes se quedaban con la mitad del saldo del patrimonio en exceso de 50.000 dólares ( por ejemplo, $ 25,000 en un patrimonio de $ 100,000). Si no hubo descendientes sobrevivientes, pero hubo un padre o padres sobrevivientes, el padre o los padres tomaron la mitad del saldo en exceso de $ 50,000 «.