Regla del mejor precio (Regla 14D-10)
Definición de la regla del mejor precio (regla 14D-10)
La regla del mejor precio (Regla 14D-10) es una regulación de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) que estipula que la contraprestación ofrecida a cualquier tenedor de valores en una oferta pública debe ser igual a la mayor contraprestación pagada a cualquier otro tenedor de valores. La regla del mejor precio está destinada a brindar un trato igual a todos los tenedores de valores en una oferta pública.
Comprensión de la regla del mejor precio (regla 14D-10)
La regla del mejor precio (Regla 14D-10), como se redactó originalmente, requería un ajuste fino, ya que surgían disputas sobre cómo tratar ciertos acuerdos de compensación laboral, indemnización y otros acuerdos de beneficios para empleados en una situación de cambio de control que una oferta pública completada. creado. Si algunos empleados de alto nivel que poseían valores recibieran dinero adicional en una oferta pública, ¿todos los demás tenedores de valores tendrían derecho a recibir la misma cantidad?
Enmiendas a la Regla 14D-10
Para proporcionar claridad a la regla, la SEC realizó enmiendas que entraron en vigor en diciembre de 2006. La regla se modificó de tres maneras: Primero, el lenguaje central de la regla se cambió a: «contraprestación pagada a cualquier tenedor de valores por valores ofrecidos en la oferta pública es la contraprestación más alta pagada a cualquier otro tenedor de valores por los valores ofrecidos en la oferta pública «. El enfoque en «valores ofrecidos» excluye cualquier otro acuerdo compensatorio en el monto de la contraprestación debida a los tenedores de valores.3 En segundo lugar, los arreglos compensatorios estaban exentos de la regla. Cualquier monto que deba pagarse de conformidad con un acuerdo deberá ser «pagado o otorgado como compensación por servicios pasados realizados, servicios futuros que se realizarán o servicios futuros que se abstendrán de realizar, por el tenedor del valor (y asuntos relacionados con el mismo)» y no puede «[calcularse] en función del número de valores licitados o que el tenedor del valor deba presentar en la oferta pública de adquisición».4 En tercer lugar,se instituyóun puerto seguro en la regla para los arreglos de compensación aprobada por un comité de directores independientes.